Son funciones de la Secretaría General:
- Convocar por solicitud del Rector o del Vicerrector académico a los miembros del Consejo Académico y a los miembros del Comité Central de Autoevaluación para las correspondientes sesiones de trabajo; comunicar a los miembros y unidades académicas y administrativas las determinaciones del Rector, del consejo académico y del comité central de autoevaluación.
- Efectuar el seguimiento y control al cumplimiento de la programación académica y de las decisiones que tome el Consejo y el Comité de Autoevaluación y Acreditación.
- Dar fe sobre la autenticidad de los documentos y actos administrativos que expide la institución.
- Llevar los libros de actas, guardar los archivos y documentos de la Universidad y, cuando se lo ordene el Presidente del Plenum o el Rector, expedir las copias auténticas de ellas o dar certificaciones.
- Autorizar con su firma los títulos y diplomas que conceda la Universidad.
- Dirigir, coordinar y controlar el sistema de información documental y la organización de los archivos de las unidades o dependencias de la universidad, de conformidad con la Ley 594 de 2000.
- Dirigir, coordinar y controlar las funciones de comunicaciones y correspondencia.
- Velar por el cumplimiento de las normas legales y estatutarias de la universidad en coordinación con las oficinas de Control Interno y Control Académico.
- Coordinar con la Vicerrectoría Académica y la Vicerrectoría Administrativa la tramitación de los proyectos de normas que deben someterse a consideración de la Honorable Consiliatura, del Consejo Académico y del Rector.














